Directrices – Reutilización de la Información Modelo de Gestión Documental de la RTA

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Directrices – Reutilización de la Información

Modelo de Gestión Documental y Administración de Archivos (MGD) para la Red de Transparencia y Acceso a la Información (RTA)

 

Diagrama

1. Presentación y objetivos

1.1. Finalidad de estas directrices

1.2. Alcance y contenido

1.3. Documentos relacionados

2. Necesidad de un marco organizativo

3. Los agentes de la reutilización de la información del sector público

4. La puesta a disposición de la información

5. Modalidades de reutilización de la información

A. Reutilización sin sujeción a condiciones

B. Reutilización con sujeción a condiciones establecidas en licencias-tipo

C. Reutilización previa solicitud y obtención de autorización

D. Los acuerdos exclusivos

6. Aplicación de contraprestaciones económicas

7. Procedimiento de solicitud de reutilización de la información y consecuencias del mal uso de la información cuya reutilización haya sido autorizada

8. Cuadro de compromisos de cumplimiento

9. Términos y referencias

9.1. Glosario

9.2. Referencias

9.3. Bibliografía

 

Estas Directrices se integran en el MGD según se especifica en el siguiente Diagrama de relaciones:

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La finalidad de estas Directrices es proporcionar recomendaciones técnicas e información práctica para impulsar la reutilización de la información del sector público en el ámbito de la organización. Tiene como principal objetivo facilitar a los responsables de la gestión de contenidos de los organismos un documento de fácil consulta con el fin de tomar decisiones e implementar la puesta a disposición del público de la información generada por la organización para su posible reutilización.

La reutilización es el uso por parte de terceros de información generada por organismos del sector público, con fines comerciales o no. No se considera reutilización el intercambio de información entre administraciones.

En la economía del conocimiento la reutilización de la información del sector público presenta un considerable potencial económico ya que constituye una base esencial para muchos productos de información digital. Asegurar una reutilización eficiente permite aprovechar ese potencial y desarrollar nuevos productos, servicios y mercados, que logren un mayor desarrollo económico y mayor creación de puestos de trabajo en la industria latinoamericana de contenidos digitales. Pero el fomento de la reutilización de la información pública no sólo tiene un impacto en la economía, también puede contribuir al desarrollo de una ciudadanía activa y hacer efectivos los principios de transparencia y buena gobernanza de nuestras administraciones públicas.

Para aplicar una correcta reutilización de la información del sector público se debe contar con un marco organizativo y/o regulador consistente y con las normas de desarrollo suficientes para poder:

  • articular su ámbito objetivo y subjetivo de aplicación
  • la identificación de los destinatarios
  • los mecanismos de puesta a disposición
  • las modalidades de reutilización que son necesarias
  • las condiciones de reutilización que se estiman pertinentes
  • la necesidad o no de contraprestaciones económicas
  • la articulación de un procedimiento de tramitación de solicitudes de reutilización
  • y, en su caso, el régimen sancionador por un mal uso de la reutilización.

 

Aspectos todos ellos que se abordarán en estas Directrices, aportando orientaciones que faciliten la comprensión y la gestión de la organización en materia de reutilización de la información del sector público (RISP).

Además, y considerando la visión a medio y largo plazo que debe caracterizar la estrategia de reutilización de la información que puede poner en marcha una organización, la misma debe adoptar su propio esquema organizativo de forma acorde a sus recursos y posibilidades, para desarrollar y soportar eficientemente su estrategia en materia de reutilización a lo largo del tiempo.

Esto puede suponer la designación de un coordinador encargado de materializar las estrategias, evaluar el impacto económico y organizativo, impulsar las actividades, la formación y divulgación del conocimiento relativo a reutilización de la información del sector público (RISP) en el seno de la organización. El responsable RISP puede contar con un gestor RISP para contratos y relaciones, planes y normas internas; un gestor de contenidos y un gestor de sistemas.

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Una adecuada reutilización de la información del sector público ofrece un conjunto de beneficios a los ciudadanos, las empresas y las administraciones públicas (ya sean de la administración central, regional o local):

  • Para los ciudadanos, la reutilización de la información del sector público ofrece la posibilidad de mejorar su información y conocimiento sobre las actividades de las instituciones públicas, haciéndolas más transparentes, abiertas y cercanas.
  • Los ciudadanos pueden beneficiarse también de las ventajas de la reutilización en la realización de tareas cotidianas utilizando productos y servicios de valor añadido basados en la reutilización de la información pública (por ejemplo, en el ámbito de la información meteorológica, las predicciones meteorológicas personalizadas; en el ámbito de la información jurídica, las recopilaciones de leyes y de jurisprudencia internacional y nacional). Gracias a la extensión de la Web 2.0, los ciudadanos pueden reutilizar información del sector público generando nuevos servicios y productos adecuados a sus necesidades, fomentando de este modo la democracia participativa.
  • Para las empresas, la reutilización de la información del sector público presenta un considerable potencial económico ya que constituye una base adicional para servicios digitales innovadores. La reutilización de la información pública facilita el desarrollo de nuevos productos, servicios y soluciones, y la creación de puestos de trabajo en la industria de contenidos digitales.
  • Además, la creación de nuevos productos y servicios de valor añadido promueve las nuevas tecnologías para el acceso y la explotación de la información y el desarrollo del conocimiento, como un activo económico estratégico, permite una mayor agilidad en la toma de decisiones por parte de los agentes económicos, al disponer de forma fácil y asequible de la información de tipo administrativo, jurídico y financiero del sector público.
  • Para las Administraciones Públicas, la reutilización de la información del sector público permite revertir en la sociedad los beneficios en términos de conocimiento y económicos de la información que generan y gestionan en el ejercicio de su actividad.
  • La reutilización de la información del sector público contribuye también a incrementar la transparencia de las administraciones, la rendición de cuentas y la mejora de la eficiencia administrativa.

 

Las estrategias RISP suponen un cambio de cultura administrativa ya que la reutilización no debe ser vista como un enfrentamiento, sino como un mecanismo de colaboración entre el sector público y el privado, favoreciendo igualmente la competencia y la neutralidad en el acceso a la información y la reutilización de la misma.

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Para abordar el reto que supone la reutilización de la información generada por el sector público es imprescindible contar con un marco organizativo y/o normativo consistente, así como todas las normas de desarrollo que sean necesarias para que la información pública que pueda ser objeto de reutilización se ponga a disposición de cualquier persona física o jurídica.

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Puede ser útil incluir una delimitación negativa del ámbito de aplicación de la reutilización de la información, enumerando aquellos documentos o categorías de documentos o datos que no se encuentren afectados por la reutilización de la información del sector público.

Con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los poderes públicos, la reutilización no será aplicable a la información sobre la que existan prohibiciones o limitaciones en el derecho al acceso de ámbito nacional, como puede ser: actuaciones políticas no sujetas a derecho administrativo; defensa nacional y seguridad del estado; política monetaria; investigaciones de delitos; información que incluye materias clasificadas; información registral, etc.

Además, hay que tener en cuenta que las administraciones públicas poseen numerosas fuentes de información que incluyen bien información relativa a terceros, bien información elaborada por terceros. Diversas normas de los ordenamientos jurídicos nacionales limitan el público conocimiento y uso de aquella información con el fin de velar por la adecuada protección de intereses de terceros.

Por lo tanto, es recomendable que el marco organizativo y, en su caso, normativo sobre reutilización no sea aplicable sobre documentos sometidos a derechos de propiedad intelectual o industrial, especialmente cuando este derecho lo ostentan terceros, y que respeten en todo momento los Convenios Internacionales (por ejemplo: Convenio de Berna y Acuerdo ADPIC, este último, en relación a los derechos de propiedad intelectual y comercio) y las normas nacionales en esta materia.

Sólo podrá ser autorizada la reutilización de los documentos que tengan derechos de propiedad intelectual si se dispone de la preceptiva y suficiente cesión de los derechos de explotación por parte de las personas titulares de los mismos (por ejemplo: la Directiva 2013/37/UE, que modifica la Directiva 2003/98/CE, relativa a la reutilización de la información del sector público y que es de obligado cumplimiento en toda la UE, no es de obligada aplicación a los documentos sobre los que existan derechos de propiedad intelectual por parte de terceros). Los derechos de propiedad intelectual incluyen los derechos de autor que comprenden: a las obras literarias y artísticas y los derechos conexos que, a su vez, incluyen las interpretaciones o ejecuciones de los artistas, la producción de fonogramas y las actividades de los organismos de radiodifusión.

También se recomienda articular un régimen de reutilización que garantice el pleno respeto de los principios que consagran la protección de datos de carácter personal como un derecho fundamental de los ciudadanos. El acceso a la información que contenga datos personales (referentes a la intimidad, nominativos, sanitarios, electorales, estadísticos, etc.) se limita, en general, a sus titulares que podrán, además, ejercer sus derechos de rectificación, cancelación y oposición de acuerdo con lo previsto en las distintas legislaciones nacionales en materia de protección de datos de carácter personal.

Cuando sea posible, las administraciones públicas podrán ponderar la disociación, desagregación o anonimización de los datos de carácter personal que puedan afectar a derechos de terceros, siempre y cuando los medios técnicos y económicos lo permitan, con el objeto de suprimirlos o hacerlos ininteligibles y facilitar, así, la reutilización del resto de la información asociada a esos datos.

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También puede quedar excluido del ámbito de reutilización información cuyo uso pueda afectar a intereses colectivos como pueden ser entidades de radiodifusión, entidades de investigación y entidades culturales (museos, bibliotecas, archivos históricos, orquestas, ballets, óperas, teatros, etc.).

Por ejemplo, en el ámbito europeo todas estas entidades han estado excluidas del régimen de reutilización de la información hasta la Directiva 2013/37/UE, que sigue mantenido excluidas a las entidades de radiodifusión y a las entidades de investigación pero que ha incorporado en su última modificación dentro de su ámbito de aplicación a los museos, bibliotecas (incluidas las universitarias) y los archivos, pero manteniendo una serie de excepciones y limitaciones del uso de la información de estas entidades culturales.

El régimen de reutilización no tiene un modelo único y éste se debe adaptar a la evolución y a las necesidades de reutilización de cada entorno social, cultural, tecnológico y económico. Por otra parte, los modelos de reutilización pueden desarrollarse paulatinamente, por fases, de forma que se identifiquen agentes, prioridades de reutilización y beneficios económicos y sociales de la misma y procediendo, en fases posteriores, a una mejora de la regulación y a una ampliación de su ámbito objetivo y subjetivo de aplicación.

Existen tres agentes principales en el proceso de reutilización de la información:

  • Las administraciones públicas, como generadoras y gestoras de información
  • Las entidades infomediarias, como generadoras de productos con valor añadido
  • Los usuarios finales (empresas y ciudadanos), como destinatarios de la misma.

Las diferentes administraciones y organismos del sector público recogen, producen y reproducen gran cantidad de información como consecuencia del desempeño de sus funciones y del cumplimiento de la misión de servicio público que tienen encomendada. La información de las Administraciones Públicas se caracteriza, además, por ser una información de calidad, completa y fiable. Es por ello, que la información generada desde las Administraciones posee un gran interés y potencial para las empresas y ciudadanos en el contexto de la Sociedad de la Información y el Conocimiento.

Por tanto, es importante que las administraciones consideren los beneficios que supone la puesta a disposición de la información que generan.

La reutilización de la información generada desde el sector público por parte de entidades (con o sin ánimo de lucro) presenta un considerable e innovador potencial. Incluso el uso comercial que pueda dar el sector privado a esta información permite generar un valor añadido en su ámbito de especialización, contribuyendo así al desarrollo general de la economía y en especial al sector de contenidos digitales.

A su vez, y como se ha apuntado al señalar los beneficios de una estrategia RISP, la generación de nuevos contenidos, productos y servicios a partir de la información pública repercutirá positivamente en la creación de nuevas empresas y puestos de trabajo incentivando el desarrollo de un incipiente nicho de mercado: la industria de reutilización de los contenidos públicos.

Para desarrollar este contexto es importante establecer un modelo de prestación de servicios que ofrezca condiciones equitativas, proporcionadas y no discriminatorias que propicie un marco que favorezca la sana competencia entre las empresas. El modelo que se desarrolle debe, en este sentido, garantizar la competencia entre todas las entidades infomediarias.

Las entidades infomediarias son responsables, a su vez, de desarrollar el mercado de contenidos generando valor a partir del buen uso dado a la información del sector público. Conviene realizar (o analizar estudios ya elaborados) sobre el sector infomediario con el fin de identificarlo, conocer su actividad y la gestión de su actividad infomediaria (cómo accede a la información pública; los productos, servicios y aplicaciones generadas para su negocio; los clientes del sector, etc.). Por ejemplo, en España los clientes principales del sector infomediario son esencialmente otras empresas, aunque hay que destacar que también la Administración Pública se ha convertido en cliente del sector y un tercio del mismo tiene a las Universidades como clientes.

Los usuarios finales de la información, los ciudadanos, deben ser el objetivo último de los procedimientos de reutilización de la información en un contexto en el que prime el principio de transparencia. Las modalidades de puesta a disposición deben facilitar el acceso a los documentos generados por los organismos públicos y promover la cercanía con el ciudadano y potenciar la transparencia administrativa y la administración y acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Además, los usuarios finales son, y deben ser, los principales beneficiarios de los productos y servicios de valor añadido creados por las entidades infomediarias anteriormente mencionadas.

Eje fundamental de una estrategia RISP es el definir, diseñar e implementar los procesos y acciones necesarias para la puesta a disposición de la información de la organización, que permitan:

  • el tratamiento de la información objeto de reutilización (seleccionar, preparar, representar, categorizar y describir)
  • identificar los conjuntos de datos estratégicos de la organización
  • la creación de un espacio Web sobre los recursos reutilizables y la información sobre los mismos, así como las herramientas open data y de consulta y localización de datos pertinentes
  • las medidas de soporte necesarias para garantizar el éxito de la estrategia de puesta a disposición y reutilización.

 

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Aspectos principales y componentes destacados de una adecuada estrategia RISP.
Guia de aplicación del RD1495/2011 por el que se desarrolla la Ley 37/2007 sobre Reutilización de la Información del Sector Público publicada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. (2012)

 

El tratamiento de la información objeto de reutilización

La organización que pretenda articular un procedimiento de reutilización de la información y de los documentos generados en el ejercicio de sus funciones y competencias debe previamente proceder a analizar la heterogeneidad de la información que ha producido, identificar la información o conjuntos de datos que posee y seleccionar los que van a ser objeto de reutilización. Como ya se ha mencionado, conviene excluir de la selección los conjuntos de datos o información sensible protegida en aplicación de la normativa nacional e internacional que deba aplicarse y en el caso de que no se pueda anonimizar.

En algunos casos habrá que preparar los datos de que se dispone (localizar su ubicación física, depurar los datos para asegurar su calidad y fiabilidad; bases de datos; DVDs; publicaciones electrónicas o en papel que hayan sido o no publicadas, etc.) y representar los datos de forma que permitan su reutilización mediante formatos específicos. En algunos casos se primará la inmediatez de la puesta a disposición de los conjuntos de datos y se podrán presentar en bruto.

Es conveniente establecer categorías de información distintas y aplicar modalidades y condiciones de reutilización diferentes según las categorías previamente establecidas. El principal objetivo de categorizar y ordenar la información generada es facilitar su posterior búsqueda y recuperación.

La categorización y ordenación de la información aporta beneficios, tanto de carácter interno, puesto que repercute positivamente en el propio trabajo de la organización, como externas, puesto que será siempre más sencillo, para empresas y ciudadanos, la búsqueda de una información que esté adecuadamente clasificada. A través de la clasificación se ordena la información en base a una serie de criterios, que variarán en función de las necesidades y posibilidades de cada organización, y se agrupa la información en carpetas o directorios facilitando su control y acceso. Para la elaboración de la citada taxonomía o clasificación se recomienda emplear el estándar SKOS (Simple Knowledge Organizatión System), norma comúnmente reconocida para la organización del conocimiento en la Web semántica.

Posteriormente se asignarán los metadatos pertinentes tras el análisis del contenido de los documentos y conjuntos de datos puestos a disposición y se le asignará las palabras claves (indexación) necesarias para facilitar su disponibilidad y consulta. A través de las tareas de descripción o catalogación documental se establecerán los atributos o elementos descriptivos de los documentos, conjunto de datos o series documentales identificados como reutilizables. A la hora de definir las fichas descriptivas para los conjuntos de datos puestos a disposición, se recomienda utilizar tecnologías de la Web semántica y seguir el vocabulario DCAT (Dataset Catalog Vocabulary).

Se deberá también añadir a la ficha descriptiva la metainformación necesaria, como fechas de publicación, información sobre condiciones de uso y reutilización, tasas si las hubiera y derechos de propiedad intelectual (se puede utilizar XML/RDF que describe semánticamente los recursos) y también incluir cualquier otra información útil para el agente reutilizador relativa a la naturaleza, disponibilidad, actualización y localización de la información que se expondrá en los espacios web y/o sitios de referencia para el acceso a la información pública reutilizable.

 

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Tratamiento de la información tratamiento de reutilización

Por lo tanto, y en función del grado de desarrollo informático de la organización, se pueden poner en marcha diferentes acciones para facilitar el acceso de ciudadano y empresas a la información:

  • La digitalización de documentos existentes en papel o la transformación de los archivos digitales ya existentes en formatos compatibles puede favorecer la reutilización de la información
  • Los procedimientos de digitalización y migración deben ser completados con una categorización y ordenación adecuada de la información que se pone a disposición
  • La información debe contar con metadatos y procedimientos de descripción e indexación para facilitar su recuperación

 

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Conjuntos de datos estratégicos

Por ejemplo, en el ámbito de la UE se han establecido una serie de categorías temáticas de datos de mayor demanda por parte de los agentes reutilizadores de la UE y, por lo tanto, su puesta a disposición podría considerarse un baremo para establecer prioridades de actuación ya que son considerados conjuntos de datos estratégicos identificados gracias a comentarios recibidos o con ayuda de expertos:

  • Datos geoespaciales (códigos postales, mapas nacionales y locales)
  • Observación de la Tierra y medio ambiente (condiciones meteorológicas, calidad del agua y del suelo, consumo de energía, niveles de emisión, etc.)
  • Datos sobre transporte (horario de transporte público a nivel nacional, regional y local, obras varias, información sobre el tráfico, etc.)
  • Estadística (datos estadísticos nacionales, regionales y locales con los principales indicadores económicos y demográficos, PIB, edad, salud, desempleo, ingresos, educación, etc.)
  • Empresas (registros mercantiles y de sociedades, listas de empresas registradas, datos sobre propiedad y gestión, balances, etc.)

 

Otras categorías podrían considerarse datos esenciales o de gran valor por parte de la organización, dependiendo de las circunstancias, contexto de la misma (importancia para los objetivos estratégicos, evolución del mercado, tendencias sociales, etc.) y evaluación de la información obtenida de las partes interesadas que pueden ayudar a establecer los datos que deben liberarse prioritariamente. (Véase G02/D02/G Transparencia activa y datos abiertos).

Por ejemplo, en el ámbito de la reutilización de la información en España, además de las categorías mencionadas, se han establecido, teniendo en cuenta su demanda, categorías de especial interés relativas a la información jurídico-legal (información sobre legislación, sentencias y actividad judicial en general) y al turismo. Se espera medir el impacto del subsector de la información cultural de museos, bibliotecas y archivos, incorporado recientemente a la normativa europea de reutilización.

En relación a los datos puestos a disposición para su reutilización y de forma general la UE recomienda, teniendo en cuenta las posibilidades tecnológicas con las que cuente la organización:

  • que los conjuntos de datos se publiquen en línea en su forma original sin modificaciones ni elaboraciones, a fin de garantizar su rápida puesta a disposición
  • se publiquen y actualicen al más alto nivel de granularidad, para garantizar su exhaustividad
  • se publiquen y mantengan en una ubicación estable, preferiblemente en nivel organizativo superior y destacado de la administración
  • se publique en formatos abiertos y legibles por máquina (CSV, JSON, XML, RDF, etc.) para potenciar la accesibilidad
  • se describan en formatos ricos en metadatos y se clasifiquen con arreglo a vocabularios normalizados para facilitar la búsqueda y la interoperabilidad
  • sean accesibles mediante volcado de datos (flujos masivos de datos), así como a través de interfaces de programas de aplicación (API) con el fin de facilitar el procesado automático
  • vayan acompañados de documentos explicativos sobre los metadatos y los vocabularios controlados utilizados con el fin de promover la interoperabilidad de las bases de datos
  • puedan ser objeto permanente de comentario por parte de los agentes reutilizadores (consultas públicas, casillas de comentarios, quejas, blogs, notificaciones automáticas, etc.) para mantener la calidad a lo largo del tiempo y fomentar la participación pública. (Véase G02/D04/G Participación pública y colaboración: Archivo 2.0)

Espacios Web y recursos tecnológicos

La información generada por una organización se puede presentar en diversos soportes y formatos, ya sea en papel, almacenado en formato electrónico o como grabación sonora, visual o audiovisual.

Con el fin de incrementar las posibilidades de reutilización, la organización puede facilitar la información en cualquier formato, soporte o lengua en que exista previamente, procurando proporcionarlos por medios electrónicos. Para ello, puede optarse por la utilización de formatos de fuente propietaria o bien, y mucho más recomendable, por el uso de formatos de fuentes abiertas.

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 La organización debe difundir qué documentos e información son susceptibles de ser utilizados mediante la creación de listados e índices accesibles en línea de los documentos puestos a disposición, con el objeto de facilitar y fomentar las solicitudes de reutilización. Se puede promover dicha puesta a disposición mediante Catálogos de Información Pública Reutilizable en páginas de Internet y en las Sedes Electrónicas de la organización o de forma transversal junto con otras organizaciones de una misma administración o ámbito territorial nacional o supranacional (por ejemplo, en España datos.gob.es permite la federación y sincronización efectiva de los catálogos open data existentes en el territorio nacional de los tres niveles de gobierno y también con el portal Open Data pan-Europeo).

Existe una gran variedad de posibilidades para implementar mecanismos que faciliten la localización y consulta de la información sobre catálogos y conjuntos de datos, será la propia organización la que decida qué herramienta o combinación de ellas es la más adecuada en función de su situación tecnológica y el grado de avance en su propia estrategia RISP. Así, se recomienda optar inicialmente por implementar un mecanismo sencillo, para más adelante evolucionar hacia mecanismos avanzados que mejoren la interoperabilidad y automatización en la gestión y actualización de la información.

Con el fin de maximizar los beneficios previstos en relación a estos conjuntos de datos, la organización deberá prestar una atención particular para asegurar su disponibilidad, calidad, usabilidad e interoperabilidad. Sin embargo, no podemos olvidar que tanto la oferta como la demanda de información objeto de reutilización están sujetas al uso de herramientas y recursos tecnológicos y, contar o no con ellos, contribuye considerablemente a mermar o maximizar el valor potencial de los datos.

El acceso principal a toda la oferta RISP ofrecida por la organización se realizará de forma preferente desde la Sede Electrónica, informando en un espacio de dicho portal y ubicaciones (URLs) específicas, sobre:

 

  • todos los conjuntos de datos previamente identificados, clasificados y descritos que son objeto de reutilización
  • información sobre las modalidades y condiciones aplicables de reutilización
  • si procede, un listado de tasas y precios públicos que sean de aplicación, así como la base de cálculo utilizada para la determinación de los mismos
  • descripción de todos los mecanismos de acceso (índices, APIs, etc.) puestos a disposición para facilitar al máximo la búsqueda y reutilización
  • cualquier información complementaria necesaria para una mejor comprensión y procesamiento automatizado de la información
  • otra información como actualidad, saber más, aplicaciones desarrolladas por empresas, etc.

 

Este espacio Web sobre reutilización deberá seguir una serie de pautas generales en su contenido y estructura:

  • tener una correcta arquitectura de la información con el fin de ayudar a los usuarios a encontrar y manejar la información sobre reutilización que en él se publique
  • adoptar un esquema de URIs, adecuado para el desarrollo y mantenimiento de un sistema de identificación amigable, estable, persistente y extensible
  • contar con estrategias para mantener las relaciones existentes entre distintas versiones de los datos y documentar los cambios realizados
  • actualización de los datos y mantenimiento del Catálogo RISP y otra información asociada
  • la estabilidad de los formatos y estrategias de migración o conversión
  • la seguridad de la información y de las redes o sistemas de acceso y soporte
  • contar con unos requisitos mínimos de usabilidad con el objetivo de que los usuarios sean capaces de lograr sus propósitos con efectividad, eficiencia y satisfacción
  • que sea accesible y proporcione acceso equitativo e igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad y de edad avanzada. (La organización debe estar vigilante para articular las medidas adecuadas para facilitar que aquella información destinada a personas con discapacidad esté disponible en formatos que tengan en cuenta las posibilidades de reutilización por parte de las mismas)
  • que incluya información sobre qué es la reutilización de datos públicos, sus beneficios, información legal, etc.
  • es recomendable que contemple la Web móvil para una mayor interacción de la ciudadanía y las administraciones a través de los dispositivos móviles (linked data, no solo para los conjuntos de datos sino también para los avisos legales y las condiciones específicas de utilización si se aplican).

 

Medidas de soporte

La puesta a disposición de la información va más allá del despliegue y mantenimiento de catálogos de información en el que se agreguen recursos, debe ir acompañado de acciones dirigidas a:

  • capacitar y orientar al personal de la organización en la puesta a disposición de datos mediante charlas de sensibilización y acciones de formación
  • dinamizar proactivamente la reutilización por parte de terceros
  • establecer estrategias para canalizar las demandas de sector privado en cuanto a conjuntos de datos de mayor interés
  • dar a conocer aplicaciones e iniciativas relacionadas con la reutilización
  • monitorizar y evaluar el éxito de la puesta a disposición de los recursos de información de la organización y adoptar mecanismos de mejora
  • elaborar guías o manuales para usuarios finales y manuales de procesos y procedimientos para el personal gestor, así como documentación para desarrolladores
  • fomentar la participación de la ciudadanía y empresas
  • generar un canal permanente de comunicación y retroalimentación continua entre todos los actores de la comunidad open data. (Véase G02/D04/G Participación pública y colaboración: Archivo 2.0)

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La información objeto de reutilización se pueden ofrecer a los agentes interesados normalmente bajo cuatro modalidades y las condiciones de reutilización contempladas en las mismas deben ser claras:

A. Reutilización sin sujeción a condiciones
B. Reutilización con condiciones establecidas en licencias tipo
C. Reutilización con condiciones específicas y previa solicitud
D. Acuerdos exclusivos

En esta modalidad la organización dispone de manera activa aquella información susceptible de ser reutilizada tras realizar un análisis de su documentación, determina cuál es aquella susceptible de ser reutilizada y la pone a disposición de empresas y ciudadanos para su reutilización, sin ningún tipo de condicionante y de forma libre.

En estos casos se recomienda la incorporación de un aviso legal que cite explícitamente la normativa de reutilización (se le denomina condiciones generales). Estos tipos de avisos, por sí mismos, no son actos administrativos ni disposiciones legales, sino solamente información que deber remitir a las disposiciones de obligado cumplimiento, ya que la no imposición de condiciones para la reutilización no implica necesariamente que no se contemple en el aviso legal la inclusión de cláusulas que informen sobre el alcance de la responsabilidad del organismo generador de la información o de las obligaciones a las que se compromete el reutilizador de la misma.

Los modelos de aviso legal pueden ser totalmente libres o contar con diversos grados de restricción (por ejemplo: www.red.es, modelo de aviso más restrictivo; www.aporta.es, modelo de aviso sin apenas restricciones).

La información contenida en los mencionados avisos legales puede variar de un país a otro y se refiere fundamentalmente a las siguientes especificidades:

  • Se autoriza solo el uso privado de la información
  • No se autorizan usos ilícitos
  • Se autorizan o no se autorizan usos comerciales sin permiso expreso por escrito
  • La titularidad del contenido se puede encontrar protegida por normativa de propiedad intelectual o industrial
  • No se asume responsabilidades por el uso que terceros puedan hacer de la información puesta a disposición ni de la exactitud de la información recogida
  • Garantiza el cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal
  • Se pide cita de la fuente de los datos cuando se reutilicen
  • Se exige no desnaturalizar la información.

 

Puede ser recomendable sustituir las licencias que veremos a continuación por estas notificaciones que pueden aparecer en forma de texto, ventana emergente o hipervínculo a un sitio Web externo.

En cualquier caso, debe figurar de forma visible en el punto de presentación de la información, o acompañándolo, una referencia a las condiciones en las que se permite la reutilización.

Las administraciones y sus organismos prefieren en muchos casos redactar licencias completas con el fin de mantener cierto control sobre la información objeto de reutilización y sobre la redacción y actualización de las licencias.

Una posibilidad ampliamente difundida, intermedia entre el aviso legal y la licencia, es utilizar licencias-tipo, que podrán ser o no gratuitas, con el fin de dar transparencia y claridad a las condiciones que se establezcan, evitar discriminaciones, favorecer la libre competencia y prevenir abusos y manipulaciones mal intencionadas de la información.

Surgen como solución para facilitar la comercialización e intercambio de recursos electrónicos e igualmente son un medio muy útil para regular las transacciones ordinarias de la organización y evitar disponer de un especialista para negociar de manera individual cada caso.

En esta modalidad de reutilización se indicará si tiene carácter gratuito o la tarifa aplicable a la misma. Es recomendable que las licencias tipo estén disponibles en formato digital y sean auto-documentadas y procesables electrónicamente.

Pueden encontrarse en Internet varias licencias que cumplen el principio de ser licencias abiertas según los principios de apertura descritos por la Open Knowledge Foundation para fomentar la reutilización con las menos restricciones posibles de los contenidos en línea.

Las estrictas limitaciones del copyright ("todos los derechos reservados") motivó la aparición de movimientos internacionales que se han denominado copyleft: grupos de licencias que permiten a cada autor controlar y comunicar qué derechos están reservados y qué derechos son libres. En los últimos años, dada la disparidad de normativas nacionales, han sido varios los intentos a nivel internacional de crear unas licencias que puedan comunicar al usuario las condiciones de uso a las que está sometida una determinada información (Color Iuris; Arte libre; Licencia de Documentación Libre GFDL, etc.).

Se trata de consensuar un lenguaje común que permita al usuario identificar claramente los usos permitidos y las limitaciones de los mismos, siendo el más conocido y extendido el de las licencias Creative Commons (CC) que han sido traducidas a muchas lenguas, se actualizan de forma centralizada y son ampliamente utilizadas en todo el mundo.

Todas las licencias CC permiten la redistribución no comercial y contienen la obligación de mencionar al autor. En cuanto al resto de condiciones, las licencias Creative Commons se basan en cuatro limitaciones que se utilizan de forma combinada para crear seis tipos de licencias. Cada uno de los elementos va acompañado de unas siglas que van antecedidas por las siglas "CC", y cuya combinación permite reconocer los límites de cada licencia utilizada. Las cuatro condiciones son:

  • Reconocimiento (Attribution) (BY): obliga a mencionar al autor. Forma parte de todas las licencias Creative Commons.
  • Compartir Igual (Share Alike) (SA): permite crear obras derivadas, que deberán quedar bajo la misma licencia en la que está la obra originaria o una licencia similar (en caso de que la licencia se haya modificado o esté en otra jurisdicción).
  • No Comercial (Non-Commercial) (NC): no permite que la obra sea utilizada con fines comerciales.
  • Sin Obra Derivada (No Derivative Works) (ND): no permite modificar de forma alguna la obra.

Las seis licencias que existen tras la combinación de estas condiciones o limitaciones son (ordenadas de menos restrictivas a más restrictivas):

Reconocimiento (CC BY): se trata de la licencia más amplia, permite a otros distribuir, mezclar, ajustar y construir a partir de la obra sujeta a esta licencia, incluso con fines comerciales, siempre que le sea reconocida la autoría de la creación original.

Reconocimiento-Compartir Igual (CC BY-SA): esta licencia permite re-mezclar, retocar, y crear a partir de la obra sujeta a la licencia, incluso con fines comerciales, siempre y cuando se respete la obligación de mencionar al autor. Se exige igualmente que la licencia que se aplique a las obras derivadas tenga las mismas condiciones. Es la licencia que usa Wikipedia y se recomienda para materiales que incorporen contenidos de Wikipedia y proyectos con licencias similares.

Reconocimiento - Sin Obra Derivada (CC BY-ND): esta licencia permite la redistribución, comercial o no comercial, siempre y cuando la obra circule íntegra, sin cambios y se mencione al autor.
Reconocimiento – No Comercial (CC BY-NC): esta licencia permite distribuir, re-mezclar, retocar y crear a partir de la obra sujeta a licencia, pero con fines no comerciales. Se incluye la exigencia de mencionar al autor, pero no la de aplicar licencias similares a la obra resultante.

Reconocimiento- No Comercial – Compartir Igual (CC BY-NC-SA): esta licencia permite a otros distribuir, re mezclar, retocar y crear a partir de la obra sujeta a licencia de modo no comercial, siempre y cuando se mencione al autor y se aplique una licencia similar a las obras derivadas.

Reconocimiento- No Comercial – Sin Obra Derivada (CC BY-NC-ND): esta licencia es la más restrictiva de las seis licencias principales, sólo permite la descarga de las obras y que se compartan con otras personas, siempre que se reconozca la autoría, pero no permite la modificación ni el uso comercial.

A estas seis licencias se añade una licencia especial que se denomina CC0 (http://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/ ) que significa dejar en dominio público la obra.

Es la recomendada por la UE como instrumento jurídico que permite suspender los derechos de autor e industriales sobre información del sector público, garantizando una flexibilidad plena a los agentes reutilizadores y reduciendo las complicaciones que entraña el manejo de muchas licencias con disposiciones a veces contradictorias. En todo caso, es beneficioso que el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual de las administraciones y organismos del sector público se realice de forma que se facilite su reutilización.

Si no puede utilizarse la dedicación al dominio público CC0, la UE insta a los estados miembros a que las organizaciones públicas utilicen licencias estándar abiertas adecuadas a la legislación contractual y sobre propiedad intelectual de cada Estado miembro y que cumplan con una serie de recomendaciones, o incluso, la posibilidad de desarrollar una licencia abierta nacional adecuada.

Las licencias o acuerdos redactados con condiciones específicas deben incluir el ámbito de aplicación: ámbito geográfico, temporal, los tipos de derechos concedidos y la gama de reutilizaciones permitidas. Con el fin de conseguir interoperabilidad en la propia licencia (reutilizar combinadamente contenidos que obran en poder de distintos organismos) es preferible una formulación genérica en lugar de listas detalladas de casos de uso y derechos.

Debe tenerse en cuenta al redactar licencias específicas la siguiente información:

  • la finalidad concreta para la que se concede la reutilización y si la misma tiene fines comerciales o no
  • la duración de la licencia
  • las obligaciones del beneficiario
  • las obligaciones del organismo concedente
  • la responsabilidad de uso de la licencia
  • las modalidades financieras: gratuita o contraprestación económica aplicable
  • las cláusulas sobre autorización de uso, la gestión de copias digitales, los permisos de impresión, los cambios de formato
  • una declaración que indique la procedencia de la información o cita de la fuente de información
  • la no alteración del contenido de la información
  • la no desnaturalización del sentido de la información
  • la mención de la fecha de la última actualización
  • las cláusulas de exención de responsabilidades
  • las consecuencias del incumplimiento
  • la información sobre la compatibilidad de las licencias y la gestión de versiones
  • la protección de datos de carácter personal como una obligación contractual con el fin de prevenir la posible re identificación de los conjuntos de datos anonimizados o simplemente excluirlos del ámbito de aplicación de la licencia.

 

Es aconsejable, así mismo, definir los principales términos de la licencia de manera concisa, normalizada y en un lenguaje lo más sencillo posible, así como establecer las menos restricciones posibles a la reutilización de la información del sector público.

Subrayar que el espíritu de cualquier modalidad de reutilización y el contenido de las licencias deben ser, por lo tanto:

  • claras, justas y transparentes
  • no restringir, sin necesidad, las posibilidades de reutilización
  • no ser discriminatorias para categorías comparables de reutilización
  • estar disponibles, en la medida de lo posible, en formato digital, y ser procesables electrónicamente

Por último, señalar que los procedimientos de reutilización de la ISP deben evitar y restringir los acuerdos exclusivos exceptuando aquellos casos en que sean necesarios para la prestación de un servicio de interés público. (Por ejemplo, la UE permite suscribir acuerdos exclusivos en relación a la reutilización de la información en el caso de centros culturales como museos, archivos y bibliotecas).

En todo caso, este tipo de acuerdos exclusivos se deben relegar a casos y excepciones muy concretas, por ejemplo, cuando con vistas a la prestación de un interés general pueda resultar necesario conceder un derecho exclusivo a la reutilización de determinados documentos del sector público.

Se pueden ponderar y diseñar estrategias específicas de reutilización para documentos e información conservada en archivos, bibliotecas, museos y otros centros culturales. Las estrategias específicas para archivos, bibliotecas y museos pueden incluir la posibilidad de firmar acuerdos o contratos exclusivos cuando se trate de la digitalización de los recursos culturales con el fin de acelerar el acceso de los ciudadanos al patrimonio cultural, pero siempre que sean transparentes y sean puestos en conocimiento del público. La duración de los contratos nunca debe ser indeterminada y se deben incluir plazos de revisión de los acuerdos exclusivos.

Se recomienda que, cuando exista un acuerdo exclusivo con un agente reutilizador, éste facilite, siempre gratuitamente, al organismo del sector público en cuestión y como parte de dichos acuerdos, una copia de los recursos culturales digitalizados pudiendo estar esa copia disponible para su reutilización por el conjunto de la sociedad una vez finalizado el periodo de exclusividad. La copia proporcionada deberá ir acompañada de los metadatos necesarios asociados a las imágenes.

Las normativas nacionales en materia de reutilización pueden prever que las administraciones públicas faciliten la reutilización de la información de manera gratuita, o bien, previo pago de una contraprestación económica. Con el objeto de favorecer y potenciar el desarrollo de la industria de contenidos digitales así como para potenciar la transparencia administrativa, las administraciones y organismos del sector público pueden ofrecer la información por ellos generada de manera gratuita para ciudadanos y empresas.

No obstante, en el caso que una organización u organismo del sector público lo estime conveniente, se podrán establecer contraprestaciones económicas por el suministro de documentos para su reutilización sin que la cuantía supere los costes totales de recogida, producción, reproducción y difusión de los documentos (los denominados costes marginales).

Asimismo, con sustento en la normativa o régimen nacional aplicable, la organización puede diseñar estrategias para establecer contraprestaciones económicas diferenciadas según se trate de reutilización con fines comerciales o no comerciales.

Desde una perspectiva económica, poner la información de acceso gratuito a ciudadanos y empresas puede facilitar un mayor desarrollo de la industria de contenidos digitales y generar riqueza y empleo para el conjunto de la sociedad. La experiencia nos muestra cómo una política de gratuidad favorece la reutilización de la información.

El establecimiento de tarifas (tasas o precios públicos) puede conllevar una serie de inconvenientes como: la dificultad de determinar y actualizar la tarifa, los costes de la gestión y una limitación al acceso y difusión de la información. No obstante, el cobro de una tarifa, sobre todo en organizaciones que inician su andadura en los procedimientos de reutilización de la información, puede facilitar y permitir cubrir los costes del servicio o actividad y, en todo caso, los de garantizar la puesta a disposición de la información para su reutilización.

Por lo tanto, se pueden tener en cuenta una serie de generalidades a la hora de establecer una tarifación:

  • Identificación de los costes marginales (reproducción, puesta a disposición y difusión)
  • El importe de las tasas o precios públicos no deben ser discriminatorios
  • Se podrán aplicar distintas tasas o precios públicos a la información entregada en función del fin (comercial o no) que se vaya a dar a la información.

 

Por otra parte, hay que destacar que la información que ya se produce en formato electrónico puede ser muy barata de poner a disposición, volcar o reproducir. Se recomienda, por lo tanto, que, si las condiciones económicas de la organización lo permiten, se evalúe periódicamente los costes y beneficios de una política de gratuidad y de una política de costes marginales, teniendo en cuenta que el hecho de aplicar un cargo también tiene un coste. En el caso de distribución por vía electrónica (descarga) de documentos digitales (archivos) podría recomendarse la gratuidad.

Las estrategias de aplicación de tarifas también pueden establecer determinadas categorías de documentos o determinados organismos sobre los que no se aplicará el principio de costes marginales sino que les permitirá incrementar éstos hasta un margen de beneficio razonable de la inversión realizada (recuperación de otros costes de producción, recopilación, anonimización, distribución, etc. añadidos a los marginales).

Además, se puede ponderar y diseñar estrategias específicas de reutilización para documentos e información conservada en archivos, bibliotecas, museos y otros centros culturales. Las estrategias específicas pueden incluir un cobro superior a los gastos marginales para cubrir el coste de recogida, producción, reproducción, difusión, coste de conservación y compensación de derechos. Por ejemplo, la UE establece para los centros culturales costes por encima de los marginales y de los denominados de recuperación de otros costes, a los que añade dos elementos adicionales, los costes de conservación (costes de custodia y almacenamiento de datos y documentos) y adquisición de derechos (tiempo y esfuerzo invertido en averiguar quiénes son los titulares y obtener su autorización).

Se tiene así en cuenta el papel especial del sector cultural, que incluye la responsabilidad de conservar el patrimonio cultural. Además, a la hora de calcular un margen de beneficio razonable, estas instituciones pueden tener como referencia los precios aplicados por el sector privado por la reutilización de documentos idénticos o similares.

En todo caso, se deben diseñar estrategias para aplicar criterios objetivos, transparentes y verificables. Se deben poner a disposición del público los listados de tasas y precios públicos y los supuestos en los que no procede pago alguno, mediante medios electrónicos siempre que sea compatible con las capacidades técnicas de la organización, e indicar, previa solicitud, la base de cálculo utilizada para determinar el coste.

Una práctica recomendable es que los organismos del sector público publiquen el importe de los ingresos recaudados en concepto de cargos por reutilización de los documentos que poseen. Dicha información debe ser recopilada de forma agregada y actualizada anualmente.

 

El régimen RISP nacional también puede y debe establecer que sea el ciudadano o la empresa infomediaria quien solicite a la organización la información susceptible de ser reutilizada.

En ese caso, se deberán diseñar procedimientos para tramitar las solicitudes de reutilización y poner especial énfasis en los plazos de resolución de las peticiones de información y en la motivación, en su caso, de la denegación. Los plazos de solicitud son esenciales ya que de ellos y de la actualización regular de la información puede depender el valor económico de la información. Por lo tanto, es necesario plantear un procedimiento claro de reutilización que incluya la manera de arbitrar las solicitudes de reutilización, los plazos de resolución y las vías de recurso para impugnar las decisiones que les afecte.

Por ejemplo, es recomendable que las solicitudes vayan dirigidas al organismo en cuyo poder obren los documentos cuya reutilización se solicita; con la identificación clara de los datos del solicitante; los fines comerciales, o no, de solicitud de la reutilización; hechos, razones y petición en que se concreta la solicitud; precisión sobre la información, datos o documentos que se solicitan, etc.
El procedimiento de tramitación de solicitudes de reutilización debe quedar recogido y documentado en el Mapa de Procesos de la organización.

El reutilizador de la información solicitada, tal y como se ha apuntado anteriormente, se compromete a cumplir las condiciones impuestas por la licencia o acuerdo aceptado. El mal uso de la información cuya reutilización haya sido autorizada debe ser tipificado (infracciones muy graves, infracciones graves y leves) y sancionado. Este mal uso puede afectar a situaciones como las siguientes:

  • Se ha desnaturalizado el sentido de la información para cuya reutilización se ha concedido licencia
  • Se ha alterado gravemente el contenido de la información para cuya reutilización se ha concedido la licencia
  • Se han reutilizado documentos o información sin haber obtenido la correspondiente licencia o autorización en los casos en que éstos son requeridos
  • Se ha reutilizado la información para finalidades distintas a las que se concedió
  • La ausencia de cita de la fuente
  • La falta de mención de la fecha de actualización de la información
  • El incumplimiento de otras condiciones impuestas en la licencia o en la normativa reguladora aplicable (por ejemplo compromisos sobre protección de datos o propiedad intelectual contemplados en la licencia o acuerdo).

 

Puede ser pertinente establecer un régimen sancionador sobre el mal uso que se confiera a la información cuya reutilización ha sido previamente autorizada.

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La organización que pone a disposición la información no es responsable del uso que hagan los agentes reutilizadores de dicha información en sitios Web, servicios y aplicaciones de terceros, que pueden referenciar o hacer uso de la información reutilizable publicada por la organización.

Por último, señalar que es conveniente la creación de un organismo independiente de vigilancia para una supervisión sobre las normas de reutilización que pueda revisar las decisiones sobre reutilización previamente a la vía judicial. Estas funciones pueden añadirse a órganos ya creados (como por ejemplo en España, la Comisión de la competencia o, en otros países, de acceso a documentos, autoridad judicial, etc.).

Este cuadro identifica aquellos compromisos establecidos en las líneas de actuación de la Guía de Implementación de Gobierno abierto y transparencia en materia de Reutilización de la Información, así como una serie de recomendaciones sobre cómo cumplir con los mismos.

El número representado es el mismo con el que se identifica dicho compromiso en la Guía de Implementación.

 

Compromisos

Cómo cumplir con los compromisos

3.1

Crear un marco organizativo y, en su caso, normativo para que la información pública que pueda ser objeto de reutilización se ponga a disposición de ciudadanos y empresas

 

 

 

 

 

 

 

Armonizar las disposiciones sobre reutilización de la información de las administraciones públicas con el marco normativo general de acceso a la información

 

Incluir una delimitación negativa del ámbito de aplicación, enumerando aquellos documentos o categorías de documentos que no se encuentran afectados por la reutilización de la información del sector público

 

No poner a disposición documentos sometidos a derechos de propiedad intelectual o industrial, especialmente cuando este derecho lo ostentan terceros

 

Autorizar la reutilización de los documentos que tengan derechos de propiedad intelectual solo si se dispone de la preceptiva y suficiente cesión de los derechos de explotación por parte de las personas titulares de los mismos

 

Excluir conjuntos de datos que contengan  información reservada o clasificada, o con restricciones de acceso en la normativa nacional aplicable

 

Respetar la normativa sobre protección de datos de carácter personal e intimidad de las personas

 

Siempre que sea posible y de forma previa a su publicación, se disociarán los datos de carácter personal para evitar la identificación de personas

 

3.2

Definir, diseñar e implementar una estrategia de puesta a disposición de la información de la organización para su reutilización que permita el tratamiento de la información objeto de reutilización e identificar los conjuntos de datos estratégicos de la organización

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Identificar la información o conjuntos de datos que posee la organización (publicados y no publicados)

 

Excluir información sensible

 

Seleccionar la información  y  los conjuntos de datos objeto de reutilización

 

Preparar y representar los datos de los que se dispone

 

Digitalizar documentos existentes en papel o la transformación de archivos digitales ya existentes en formatos compatibles

 

Categorizar y ordenar la información objeto de reutilización

 

Describir o catalogar la información objeto de reutilización. Asignación de los metadatos necesarios y consignar otra información útil relativa a la reutilización

 

Identificar y priorizar la puesta a disposición de los conjuntos de datos estratégicos para los agentes reutilizadores

3.3

Definir, diseñar e implementar una estrategia de puesta a disposición de la información de la organización para su reutilización que permita la creación de un espacio Web para  ubicar los recursos reutilizables y la información sobre los mismos, así como las herramientas open data y de consulta y localización de datos pertinentes

 

 

Poner a disposición el Catálogo de Información Pública de la organización en la Sede Electrónica o sitio web de la organización

 

Poner a disposición información sobre qué es la reutilización, avisos legales, condiciones y modalidades de reutilización, tasas y precios públicos aplicables, etc.

 

Asegurar la permanencia de las URIs

 

Fomentar el uso de datos y formatos abiertos legibles por máquina

 

Utilizar los recursos de la web semántica para presentar la información

 

Desarrollar mecanismos de acceso como índices, APIs, etc., para facilitar la búsqueda y reutilización

 

Facilitar el acceso a personas con discapacidad y personas de edad avanzada

 

Integrar la Web móvil para interaccionar con la ciudadanía

3.4

Definir, diseñar e implementar una estrategia de puesta a disposición de la información de la organización para su reutilización que permita las  medidas de soporte necesarias para el éxito de la estrategia de puesta a disposición y reutilización

 

Capacitar y orientar al personal de la organización para la puesta a disposición de los datos

Dinamizar la reutilización por parte de terceros

Monitorizar, evaluar y mejorar la puesta a disposición

Generar un canal de comunicación permanente entre todos los actores de la comunidad open data

Diseñar guías y materiales didácticos que sirvan de referencia para administraciones, ciudadanos y empresas

 

3.5

 

Establecer categorías de información distintas y aplicar modalidades y condiciones de reutilización claras

 

Fomentar la reutilización sin sujeción a condiciones o a condiciones generales mediante avisos legales

 

Utilizar licencias-tipo y promover el uso de las más aceptadas a nivel internacional como las Creative Commons (CC)

 

Promover que la información generada por las administraciones públicas sea de dominio público (CC0)

 

Establecer, cuando así se estime pertinente, otras licencias con condiciones específicas

 

Incluir en el sitio Web RISP las condiciones de reutilización, los avisos legales y los tipos de licencias

 

Fomentar que las condiciones de reutilización sean claras, justas, transparentes y no discriminatorias

 

Atender al principio de libre competencia y de servicio público

 

Limitar los acuerdos exclusivos a la prestación de un interés general

 

Utilizar acuerdos exclusivos para fomentar el acceso de los ciudadanos al patrimonio cultural conservado en archivos, bibliotecas y museos

3.6

 

Desarrollar mecanismos para la aplicación, en su caso, de contraprestaciones económicas y ponderar las tarifas que se deben aplicar

 

 

 

Fomentar, siempre que sea posible, la  gratuidad de la información RISP

 

Aplicar tarifas que cubran únicamente los costes marginales de reproducción, puesta a disposición y difusión

 

En casos necesarios aplicar tarifas que cubran otros costes de producción, recopilación, anonimización de datos, distribución, etc.

 

Para centros culturales (archivos, bibliotecas y museos) ponderar la aplicación de tarifas por encima de las establecidas anteriormente para cubrir, además, los costes de conservación y de adquisición de derechos

 

Aplicar distintas tasas o precios públicos a la información entregada en función del fin (comercial o no) que se vaya a dar a la información

 

Poner a disposición en el sitio Web RISP, listados de tasas o precios públicos aplicables

 

Informar, en su caso, la base de cálculo utilizada para determinar el coste

 

Diseñar criterios para el cobro de tarifas, que sean objetivos, transparentes y verificables

 

Publicar el importe de los ingresos recaudados en concepto de cargos por reutilización de la organización anualmente

 

Agente reutilizador: toda persona, física o jurídica, que reutilice información del sector público, ya sea para fines comerciales o no comerciales, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública.

Application Programming Interface: véase Interfaz de programación de aplicaciones (API).
Catálogo de datos: sistema de información que recopila y organiza metadatos descriptivos sobre los distintos conjuntos de datos abiertos por una organización, proporcionando un acceso único a los mismos.

Conjunto de datos: colección de datos relacionados desde el punto de vista estructural (se encuentran agrupados en una misma unidad lógica -una única tabla de base de datos, una única matriz de datos estadística-) y de contenido (comparten una misma temática).

Datos abiertos: datos puestos a libre disposición del público, generalmente a través de Internet. Esa libre disposición o apertura se entiende, básicamente, en términos de gratuidad, disponibilidad y acceso, derechos de uso e interoperabilidad. Es frecuente la utilización, en documentos en español, del término original en inglés (Open Data).

Dato disociado: aquél que no permite la identificación de un afectado o interesado.

Datos personales: toda información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo sobre una persona física identificada o identificable, cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente mediante un número de identificación o uno o varios elementos específicos, característicos de su identidad física, fisiológica, psíquica, económica, cultural o social.

Derechos de propiedad intelectual: derechos de autor y derechos afines, incluidas las formas de protección sui generis.

Disociación reversible de datos personales: proceso por el cual un conjunto de datos se anonimiza temporalmente, de forma que posteriormente pueda volver a asociarse, mediante un proceso controlado de reidentificación, con los datos personales protegidos.

Disponibilidad: propiedad o cualidad de los activos de información, mediante la cual aquellas entidades o procesos autorizados tienen acceso a los mismos cuando lo requieren. En el ámbito específico de los documentos electrónicos, aquella propiedad o cualidad de los mismos que permite su localización, recuperación, presentación e interpretación.

Identificador uniforme de recurso (URI): cadena corta de caracteres que identifica inequívocamente un recurso (servicio, página, documento, dirección de correo electrónico, enciclopedia, etc.), normalmente accesible a través de una red o sistema.

Información del sector público (ISP): cualquier información creada o recopilada por los gobiernos e instituciones públicas (o por terceros, mediante la financiación y el mandato de éstos) en el desarrollo de sus funciones.

Interfaz de programación de aplicaciones (API): conjunto de funciones y procedimientos informáticos que facilitan el intercambio de mensajes o datos entre dos aplicaciones o componentes de software.

Pseudoanonimización: véase Disociación reversible de datos personales.

Sector infomediario: conjunto de empresas que generan productos y/o servicios para su comercialización a terceros, a partir de la información del sector público. Esto incluye, tanto a las empresas que se han creado con esta finalidad como a aquellas que pese a no tener ésta como única finalidad, poseen un área y/o departamento específico dedicado a la creación y comercialización de nuevos productos y/o servicios basados en la información del sector público.

Sede electrónica: dirección electrónica disponible para los ciudadanos y empresas a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias.

Reutilización de la información del sector público (RISP): uso por parte de terceras personas (físicas o jurídicas) de información del sector público con fines comerciales o no, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa.

Uniform Resource Identifier: véase Identificador uniforme de recurso (URI).

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